martes, 19 de agosto de 2014

Normativa Vigente del Municipio de Benidorm

La normativa del Ayuntamiento de Benidorm establece que solo las empresas de distribución publicitaria que tengan como actividad legal esta actividad, como Distribuciones Publicitarias del Levante, pueden distribuir publicidad en los buzones de la localidad alicantina. 



Obligatoriamente el folleto debe presentar el nombre e identificación fiscal de la empresa distribuidora del material publicitario. Sin embargo, la propaganda institucional y electoral será una excepción, no será necesario exponer los datos de la empresa distribuidora.

La publicidad se deberá depositar en el interior de los buzones doblada, estando prohibido dejar el material publicitario en el suelo del edificio o vivienda. Además, los usuarios pueden notificar que no desean material publicitario en sus buzones, siendo sancionadas aquellas empresas que introduzcan folletos en sus buzones.
Por otro lado, las empresas de distribución deben recomendar a sus clientes que utilicen papel reciclado, aconsejando que en la propia publicidad existan mensajes para depositar el folleto en el contenedor adecuado.

La distribución publicitaria en la vía pública como puede ser la entrega en mano o en parabrisas de coches esta totalmente prohibida, salvo casos excepcionales, donde se necesitará la autorización del ayuntamiento.

La policía local de Benidorm tiene como deber ser la encargada de que se cumplan estas directrices en la distribución publicitaria, aunque es apoyada por el resto de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

Aquellos que inflijan estas directrices se enfrentan a sanciones que van desde 300€ a 1.500€ según las infracciones cometidas. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario