La normativa del Ayuntamiento de Benidorm establece que solo las empresas de distribución
publicitaria que tengan como actividad legal esta actividad, como
Distribuciones Publicitarias del Levante, pueden distribuir publicidad en los
buzones de la localidad alicantina.
Obligatoriamente el folleto debe
presentar el nombre e identificación fiscal de la empresa distribuidora del
material publicitario. Sin embargo, la propaganda institucional y electoral
será una excepción, no será necesario exponer los datos de la empresa
distribuidora.
La publicidad se deberá depositar
en el interior de los buzones doblada, estando prohibido dejar el material
publicitario en el suelo del edificio o vivienda. Además, los usuarios pueden
notificar que no desean material publicitario en sus buzones, siendo sancionadas
aquellas empresas que introduzcan folletos en sus buzones.
Por otro lado, las empresas de
distribución deben recomendar a sus clientes que utilicen papel reciclado,
aconsejando que en la propia publicidad existan mensajes para depositar el
folleto en el contenedor adecuado.
La distribución publicitaria en
la vía pública como puede ser la entrega en mano o en parabrisas de coches esta totalmente prohibida,
salvo casos excepcionales, donde se necesitará la autorización del
ayuntamiento.
La policía local de Benidorm
tiene como deber ser la encargada de que se cumplan estas directrices en la
distribución publicitaria, aunque es apoyada por el resto de fuerzas y cuerpos
de seguridad del Estado.
Aquellos que inflijan estas
directrices se enfrentan a sanciones que van desde 300€ a 1.500€ según las
infracciones cometidas.
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