jueves, 14 de agosto de 2014

Normativa Vigente del Ayuntamiento de Murcia

La Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior de la Ciudad de Murcia prohíbe el reparto de publicidad como son folletos, anuncios, pegatinas o productos publicitarios en la calle con penas de 1501 a 3000 euros.



La Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior de la ciudad de Murcia  prohíbe el reparto de publicidad como son folletos, anuncios, pegatinas o productos publicitarios en la calle. Además, la fijación de publicidad o propaganda con carteles, pegatinas o etiquetas en edificios e instalaciones, pavimentos, muros, monumentos, obras públicas, elementos del mobiliario urbano, alumbrado, registro de instalaciones, elementos de señalización y seguridad vial, se encuentra prohibida.

Por otro lado, también está prohibida la publicidad en cualquier tipo de vehículo o remolque en circulación o estacionado, salvo el transporte público y el uso de medios publicitarios sonoros.

Además, la publicidad en cualquier tipo de vehículo o remolque en circulación o estacionado, salvo en transporte público, y el uso de medios publicitarios sonoros, está penada.

Se necesitara autorización del ayuntamiento para realizar la actividad publicitaria en las vías públicas, y el incumplimiento de esta legislación seconsidera de infracción muy grave, de 1.501 euros hasta 3.000 euros.


Está Ordenanza hace una excepción en las campañas electorales y en la entrada de locales comerciales.

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