La normativa
básica que regula la distribución de publicidad en la la localidad de de Alicante
está recogida en la Ordenanza Municipal de Limpieza, aprobada por el Pleno el
27 de Marzo de 2009 y publicado en BOP nº 90 del 15 de Mayo del mismo año.
En el
artículo 43.2 de la citada ordenanza se especifican los requisitos necesarios para
que el reparto de octavillas obtenga el permiso correspondiente tales como:
- Los folletos a repartir deben llevar en lugar visible, el CIF de la Empresa Anunciante, así como una mensaje de advertencia de prohibido arrojar a la vía pública.
- NO ESTÁ permitido poner folletos en los vehículos ( parabrisas) ni pegatinas en las puertas de las fincas, ni locales comerciales.
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